Mediante RESOLUCIÓN Nº PJ0842017000061, se dictò Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, Declarando de oficio la Extinción del proceso por falta de interés procesal del actor y por vía de efecto de la demandada, por considerar que es irreparable dada la Muerte del actor. Así se declara. Igualmente por auto separado, se ordena dejar sin efecto la audiencia de juicio fijado con motivo al presente asunto. Se ordena la devolución de los originales, previa certificación por secretaria.