De la revisión efectuada a las actas que integran la presente solicitud de Divorcio (Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal), presentada por el ciudadano ARGENIS BALTAZAR SALAZAR ZAMBRANO y la ciudadana INDIS CAROLINA BARRIOS CABEZA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.608.149 y V-19.302.512, respectivamente, de este domicilio, con la asistencia de los abogados en ejercicio HORACIO CAMERO y MERALI SANGUINO, inscritos en el I.P.S.A., bajo el No. 166.091 y 249.431, respectivamente, con el objeto de comprobar el estado en que se encuentra el presente asunto, se constató que la causa Terminó, concluyendo todas las etapas procesales; produciendo tal situación acumulación de expediente no movilizados que interfieren y dificulta el manejo de la archivalía del Tribunal, aunado a la falta de espacio físico en el archivo central de este Juzgado que puede comprometer la seguridad, existencia y cuido de cada expediente, .....