DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, formulada por la Ciudadana ROSALINDA JIMENEZ OROPEZA en contra del ciudadano JOSÉ DEMETRIO SILVA GIMÉNEZ ambos debidamente identificados en autos, en beneficio del niño (SE OMITE EL NOMBRE), y considera conveniente fijar la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES (Bsf.125,oo) quincenales, monto equivalente al 0.26% del salario mínimo mensual actual (Bs. 967,50) y deberá aportar a su hijo en dinero en efectivo, a partir del 30-11-2009.
Así mismo dicho obligado alimentario deberá aportar a su hijo el cincuenta (50) por ciento de los gastos medicinales, asistencia medica, que requiera y aguinaldos en cada mes de diciembre. Dichas cantidades deberán ser entregadas directamente a la Ciudadana ROSALINDA JIMENEZ OROPEZA.
Publíquese, regístrese, certifíquese copia de esta decisión para el archivo y tómese razón en el diario.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juz.....