DECLARA:
PRIMERO: ORDENA LA LIBERACIÓN DE EL BIEN EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, en fecha 18 de agosto de 2004, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; y solicitada por la parte demandada ciudadano MANUEL LUÍS DARÍAS BARROSO, ya identificado, debidamente asistido por la abogada YNGRID MARYLIN ALMEIDA de FLORES, Inpreabogado N° 56.066.
SEGUNDO: DE CONFORMIDAD con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Líbrese boletas.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 25 días del mes de Noviembre de 2010. .....