Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por SONNY URIN URCILA contra JOSE RAFAEL VERA MUÑOZ. Así se decide.
2.- SIN LUGAR la reconvención propuesta por JOSE RAFAEL VERA MUÑOZ contra SONNY URIN URCILA. Así se decide.