esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación formalizado por la profesional del Derecho ORLINA JOSE VELAZQUEZ, en su condición Abogada de confianza del Penado LUIS ALBERTO ESCOBAR GALEANO, contra auto dictado el 19 de Mayo de 2014, inserto a los folios 03 al 07 de la pieza 9, de la causa principal UK01-P-2010-000015, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución No.1 de este Circuito Judicial Penal, en consecuencia, se confirma el auto apelado, y así se decide.