Este juzgado ordena elaborar el decreto de medida de embargo, suspende durante 45 días continuos el presente proceso, contados estos a partir de la consignación en el expediente de la constancia de la notificación al procurador general del Estado Bolívar. Díctese Decreto de ejecución. Elabórese notificación al Procurador. Agréguese copia certificadas del decreto. Déjese constancia en el compilador.