En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, y a tal efecto quien Juzga les recomienda a las partes reunirse con el Actor en la próxima Audiencia aquí Prolongada, por lo tanto insta al Apoderado Judicial del Demandante comparecer a la Celebración de la Audiencia Preliminar en compañía de su representado, por consiguiente, se acuerda PROLONGAR esta Audiencia Preliminar para el día LUNES 10-03-2008, a las 02:00 PM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. En este estado Quien Juzga deja constancia que el Apoderado Judicial del Actor, consigno escrito de pruebas y Medios Probatorios constante de Cinco (05) folios útiles, con (01) anexo marcado con la letra: "B". Así mismo quien Sentencia d.....