Se impartió la homologación al desistimiento, formulado por la representación judicial de la parte actora, ambos identificados en autos, dándosele el carácter de COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por analogía el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se dió por terminado el procedimiento y se ordenó el archivo del presente expediente, en consecuencia su remisión al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Una vez quede firme dicha decisión. Se ordenó dejar copia certificada de la misma. Se cumplió con lo ordenado.