Este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RECHAZA LA DESESTIMACION solicitada por la Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de la denuncia interpuesta por el ciudadano CANDIDO RAFAEL GONZALEZ SALAZAR y ORDENA que prosiga la investigación hasta determinar la ubicación de la víctima, de conformidad con los Artículos 301 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.