Visto el escrito presentado por la Defensora Pública Cuarta en Penal Ordinario, mediante el cual solicita la ampliación de la presentación periódica impuesta al ciudadano RINGO EDMUNDO VAZQUEZ ORELLANA, por cuanto su defendido le ha manifestado que las presentaciones le perjudican para el cumplimiento de su jornada laboral, basando su petitorio en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a la revisión de medida. Considera este Juzgador realizar las siguientes observaciones previas para decidir: En fecha 13 de septiembre de 2006 el Tribunal de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal le impuso al ciudadano RINGO EDMUNDO VAZQUEZ ORELLANA, titular de la cédula de identidad N° 10.695.549, medida cautelar de presentación periódica cada 8 días por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, conforme el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, así como también le impuso la medida cautelar contenida en el artículo 39, numeral 9° de la Ley s.....