este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Ciudad Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO PROCEDE la consulta de la Sentencia definitiva dictada en fecha 09 de febrero de 2012 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de Ciudad Bolívar, que declaró, con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la empresa CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A., contra la Providencia Administrativa Nº 2010-182 de fecha 13/09/2010 dictada por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar. SEGUNDO: vista la declaratoria que antecede, queda FIRME la decisión sometida a consulta.