Se emitio auto mediante el cual,Visto el escrito anterior suscrito, representada por la parte Oferida sociedad mercantil MORTEROS VENEZOLANOS, C.A., la profesional de derecho ROSSANA BLANCO, Inscrita en el inpreabogado bajo el nº 67.414, la cual desiste del procedimiento, en consecuencia, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y le imparte la HOMOLOGACION al mentado desistimiento, de conformidad con en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicado por la analogía permitida por el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole el carácter y fuerza de cosa juzgada, como consecuencia de lo anterior, se da por terminado el procedimiento, y se procederá al cierre y archivo del asunto, una vez quede firme esta decisión.