Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano LEONARDO JOSE SOLORZANO GARCIA asistido por el abogado JHONNY CEDEÑO, parte co-demandada en la presente causa.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano ROMIL JOSE PASTRANO NUÑEZ en contra de los ciudadanos: LILA MARIA SOLORZANO, FIDEL ERNESTO SOLORZANO GARCIA, LEONARDO JOSE SOLORZANO GARCIA, HENRY FIDEL SOLORZANO GARCIA Y LORENA COROMOTO SOLORZANO GARCIA por las razones expuestas por esta alzada.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante.
CUARTO: SE ORDENA la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
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