Por todas las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el Artículo 185 A del Código Civil, en concordancia con la Resolución N° 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril del 2.009, declara: Inadmisible la Solicitud de Divorcio presentada por la Ciudadana: Johanna Carolina González Blanca, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.878.708 contra el Ciudadano: Ciudadano: Elio Raúl Vásquez, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.807.821, por no cumplir con uno de los requisitos establecidos.....