En mérito de las anteriores consideraciones, y de conformidad con los artículos 76 primer aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 5, 8, 365, 368 y 369 de la LOPNNA, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de OFRECIMIENTO DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (SUBSIDIARIA), presentada por la abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana SULEYMA MARGARITA RAMIREZ ANZOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.507.225, domiciliada en la calle 35, entre avenidas 6 y 9, casa N° 25, frente a la Iglesia Nueva Jerusalén, municipio Independencia, es.....