declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana por la Ciudadana ROSALBA ANGARITA NUÑEZ, de Nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-84.606.337, y de este domicilio, debidamente asistida por el profesional del Derecho Abogado PEDRO ZAMORA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 165.032, y de este domicilio; plenamente identificado en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre una Parcela propiedad Municipal, que consta de una vivienda familiar, ubicado en la Población de la Paragua, Sector Casco Histórico, Calle Regulo Machado, Parroquia Barceloneta, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar; constante de una superficie de TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS (32,80 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: Norte: Terrenos ocupado por el Ciudadano Antonio Villegas. Sur: Terrenos ocupado por el Ciudadano Genaro.....