En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por los de cujus, la ciudadana LIVIA TIOPISTA GONZALEZ DE SALAVARRIA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.906.077, fallecido en fecha 10/12/2016 a consecuencia de MIOCARDIOPATIA DILATADA, HIPERTENSION ARTERIAL, ENFERMEDAD RENAL CRONICA, tal como se evidencia de Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, San Félix, Acta Nº1702 del libro Nº09 del año 2016. Y el ciudadano ABDEL JOSE SALAVARRIA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-4.034.418, fallecido en fecha 07/06/2019 a consecuencia de INFARTO AGUDO DE MIOCARDIO, HIPERTENSION ARTERIAL, DIABETES MELLITU.....