Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO solicitado por la ciudadana SHERLY BETANIA PINTO OLIVEIRA, identificada al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: SHERLY BETANIA PINTO OLIVEIRA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.009.337 y KELVIN URBANEJA MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.920.216, que se perfeccionó entre ellos el día 17 de noviembre de 2006, por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Gran Sabana del Estado Bolívar, tal y como se evidencia del acta certificada de matrim.....