PRIMERO: NEGAR la solicitud planteada ante este Tribunal, la cual fue recibida en fecha 20 de los corrientes, contenida en el citado escrito constante de un (01) folio útil, suscrito por el Abogado Emilio José Zámar Gutiérrez, en tanto y en cuanto en la misma contiene conceptos irrespetuosos u ofensivos a la majestad y prestigio de este tribunal y de su integrantes que se traduce en el irrespeto a la Majestad del Poder Judicial. Así se decide.-