este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACION Y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por la parte demandante Abogada DORIS MARIN ROA, Inpreabogado N° 49.868, Apoderada Judicial de la sociedad de comercio REPRESENTACIONES IRONMAN SUSPENSION DE VENEZUELA S.A. y por el representante legal de la demandada de autos Multiservicios Mac Castillo, ciudadano MIGUEL ANGEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° 3.256.118, debidamente asistido por el Abogado Juan C. Rosales Inpreabogado N° 102.418, conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, el tribunal las acordará por auto separado. Archívese el Expediente.