En mérito de lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que el niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido en fecha 12 de septiembre de 2015, de cinco (05) años de edad, Pasaporte Venezolano N° 127198015, Prorroga N° A02717692, fecha de emisión 18/03/2021, fecha de vencimiento 18/03/2023, Pasaporte Italiano N° YB7140261, fecha de emisión 25/11/2020, fecha de vencimiento 24/11/2025 y "Electronic System for Tavel Authorizathion" (ESTA), N° R72Z2R3330607510, fecha de expiración 01/06/2023, viaje en compañía de su madre Ciudadana VERONICA CECILIA LAMONTANARA ORDAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 19.614.276, Pasaporte Venezol.....