DISPOSITIVA
Este tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa en favor del Ciudadano José Gregorio Escobar Riera, titular de la Cédula de Identidad N° 7.592.577 por la comisión del delito de Lesiones Personales, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana Gladys Victoria Cabrera Reyes, titular de la cedula de identidad N° E-81.686.070, de conformidad con lo previsto en los Artículos 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo,108, ord. 5° y 110 del Código Penal. Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa al Archivo Judicial en su oportunidad. Cúmplase.
Juez de Control N° 01
Abog. Gloria Cecilia Torrellas Alterio
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