Mediante Resolucion Nº:PJ0252023000196, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de, RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por la ciudadana: MERWIS ANGELICA FRANCO RIVAS, de este domicilio, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.757.727, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE RAFAEL NATERA, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 15792.-