PRIMERO: El penado CARMELO FAJARDO BRICEÑO, titular de la cedula de identidad N° 9696964, fue condenado en fecha 16-04-2002 por el Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 460 Y 278 del Código Penal. SEGUNDO: posteriormente fue condenado por el procedimiento de admisión de las hechos por el tribunal de primera instancia en lo penal en funciones de Control N° 06 en fecha 10-08-2006 por el delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN. TERCERO: En vista de lo anterior se procede a acumular las penas, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código Penal, por lo que se computa la pena del delito mas grave pero con el aumento de la mitad del tiempo correspondiente a la pena del.....