Se declara CON LUGAR, la Apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de junio de 2006, por el Juzgado Segundo de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se REVOCA la referida decisión por los fundamentos antes expuestos. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que incoara el ciudadano OSCAR TOCUYO, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR INFORTUNIO LABORAL, DAÑO MORAL Y LUCRO CESANTE, en contra de la empresa CVG VENALUM C.A, suficientemente identificada en autos.