PRIMERO. DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abg. PATRICIA SALAZAR, inpreabogado N° 100.044, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos WALDEMAR HERRERA BEDOYA y NANCY MIRELLA CEDEÑO BOTTINO, parte demandada en el juicio seguido en su contra por los ciudadanos ENRIQUE DE JESUS RIVAS BERRA Y NAILETH DEL VALLE CAMPOS MACHADO por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO; ejercida contra la sentencia 09 de junio de 2009 que declaró IMPROCEDENTE la suspensión de la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida contra la sentencia interlocutoria de fecha 16 de junio de 2009 que declara SIN LUGAR la oposición. TERCERO. Quedan así CONFIRMADAS las anteriores sentencias interlocutorias dictadas en fecha 09 de junio de 2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Por cuanto la presente sentencia salió fue.....