Para el efectivo cumplimiento de lo señalado anteriormente, se ordena librar oficio dirigido al ciudadano Registrador Inmobiliario del Primer Circuito de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, a fin de informarle: Que para el cumplimiento de la ejecución de las sentencias definitivamente firmes dictadas tanto por el Juzgado Segundo de Primera Instancia como por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de esta Circunscripción Judicial, el día 01 de julio de 2009 y 08 de febrero de 2010, respectivamente, se ordenó, previo cálculo de los aranceles correspondientes y revisión de los requisitos exigidos por la ley, las mismas sean registradas, autorizándose para tales efectos, sean presentadas por el ciudadano Genaro Baquero Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.806.165, quien asumirá los gastos de la protocolización.