Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, contra la actuación de fecha 05 de Agosto del 2011, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE REVOCA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena la reposición de la causa, al estado de fijar nueva oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, de acuerdo a los términos que a tales fines han sido especificados en la parte motivacional de la presente sentencia. ASI SE DECIDE.
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