Se declara DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ATILIO TAPIA, en su condición de representante legal de la parte demandante recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de septiembre del 2006, por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de Régimen Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en el juicio que incoara el ciudadano RENE ROBERTO, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y OTROS CONCEPTOS en contra de la empresa C.V.G. ALCASA C.A, por su incomparecencia a la presente audiencia