Por todos los razonamientos expuestos este el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los 23 ordinal 5° y 25 ordinal 5° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa , en consonancia a su vez con los artículos 49, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, se declara:
PRIMERO: Incompetente por la materia para conocer de la presente demanda de nulidad de marca incoado por la empresa Civeta Bistros C.A. en contra de la empresa Titov Import & Export, C.A.
SEGUNDO: Declina su co.....