En consideración a los anteriores señalamientos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCION REIVINDICATORIA incoada por los ciudadanos LUIS ANTONIO NATERA ECHEVERRIA y MARIA FERNANDA NATERA ECHEVERRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-8.853.167 y V-8.873.573, debidamente asistidos por los ciudadanos MARY CAROLINA VARGAS y CESAR ALFREDO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad e inscritos bajo el I.P.S.A. Nº 50.911 y 46.036, de este domicilio contra los ciudadanos JOSE ALBERTO DANELLO ECHEVERRIA y MARIA MAGDALENA DANELLO ECHEVERRIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V- 8.860.103 y V-5.550.019, con domicilio en la Calle Carabobo, cruce con c.....