PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE DEMANDA DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL O DE BIENES COMUNES, incoada por la ciudadana BRAVO DANIELA ANDREINA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.119.056, por corresponder la competencia al Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE DECLINA, la competencia al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión remítase bajo oficio al Tribunal competente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en San Felipe a los 26 días del mes de noviembre de 2024. Años: 214°de la.....