DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamiento: Único: Admite el Recurso de Apelación de Auto, interpuesto por el Abg. Argenis José Velásquez, Defensor Público Cuarto Penal del estado Yaracuy, en su condición de defensor del ciudadano Pablo José Arroyo Guevara, titular de la cédula de identidad Nº V-18.683.992, imputado de autos por la presunta comisión del delito de Homicidio calificado cometido por motivos Fútiles e Innobles, previsto y sancionado en el artículo 406.2 del Código Penal, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto en Función de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 14-12-2017, que corresponden a los fundamentos de hecho y derecho de la audiencia oral para oír al aprehendido celebrada en fecha 08-12-2017, en el asunto Nº UP01-P.....