En fecha 27-03-2007, se dicta sentencia mediante la cual el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la presunta agraviada ADMINISTRADORA RESCARVEN, C.A, debidamente representada en juicio por los Abogados en ejercicio LEONARDO MATA y MARIA ALEJANDRA ACOSTA VAHLIS, Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 39.643 y 107.041, respectivamente, contra las actuaciones judiciales desplegadas por los JUZGADOS CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y JUZGADOS SEGUNDO Y SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRI.....