este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA REPOSICION DE LA CAUSA, al estado de que la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito y Extensión Judicial, ordene notificar de la sentencia proferida en fecha 15/ 11/2012 al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, otorgándole las prerrogativas previstas bien sea en el artículo 86 o 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y que una vez vencido el lapso de suspensión establecido en el artículo por el cual ordene la respectiva notificación deberá dejar correr los lapsos establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a fin de que las partes ejerzan el recurso que ha bien tenga lugar. SEGUNDO: Se abstiene de pronuncia.....