este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CONSUMADA LA PERENCION Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoada por el ciudadano FRANCISCO EDUARDO GIL WULFF, contra el ciudadano DANIEL JOSE ORTEGA MANZOL, supra identificados, conforme a lo establecido en el artículo 267, ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil