Se dicto Sentencia Interlocutoria mediante Resolucion Nº PJ0832017000325 , DECLARA de OFICIO la Perención anual de la Instancia en el presente juicio incoado por la ciudadana: BEGLIS DEL VALLE CORREA CARMONA, en contra del ciudadano: CARLOS CESAR BLANCA GUTIERREZ, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 267 Ordinal 1º, concordancia con el artículo 269 ejusdem, y en tal virtud declara; extinguido el presente juicio por OBLIGACION DE MANUTENCION.