Se dictó y publicó sentencia interlocutoria Nº PJ0172017000035, mediante la cual, NIEGA lo solicitado por la representación judicial de la parte demandante en fecha 24-04-2017. Por último, se le indica, al profesional del derecho, James Richard que siendo que el ciudadano Kaled Souky, según su decir, mantiene una relación estable de hecho con la co-demandante, ciudadana Brenmir de la Trinidad Brenelli Luna, por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 82 ord. 4º del Código de Procedimiento Civil, se encuentra impedido subjetivamente, para ser juez asociado en la presente causa. Así se establece.