En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Oferta de Obligación de Manutención, admitida por el Procedimiento de Fijación de Obligación de Manutención intentada por el ciudadano: PEDRO MANUEL GARCIA TOLEDO, contra la ciudadana: NINOSKA DEL VALLE AYALA DE GARCIA, a favor de su hijo: JOSE MANUEL GARCIA AYALA, supra identificado en autos. PRIMERO: De conformidad con el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, tomando en consideración el interés del Niño y del Adolescente que la requiera, la capacidad económica del obligado, así como el principio de unidad de filiación –del padre la cual fue debidamente demostrada en autos, y de la madre e.....