Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
¿ Decreta la imposición de la medida cautelar en contra del adolescente ENDER JESUS APONTE ARRAIZ, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.890.009, nacido en fecha 18/11/1992, Residenciado en el Barrio Zumuco, 7 Avenida con Calle 5, casa de color verde Nº 4 ¿ 17, Municipio San Felipe estado Yaracuy, por la presunta comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal en perjuicio del Niño: Ricardo Alejandro James Sequera contenida en el artículo 582 literal g) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente que consiste en la prestación de una caución en concordancia con el articulo 257 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberán presentar a dos fiadores ante el Tribunal de reconocida solvencia y moralidad que deberán prestar caución de 30 unidades Tributarias cada .....