En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, BUENA Y VALIDA la oferta real y de depósito, que hiciera la ciudadana MARJORIE CLARET PERNALETE LARA, a favor de la Sociedad Mercantil PROMOTORA ISCA CORAL, C.A. y la FUNDACION INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITECNICO (FUNDIUP), todos ampliamente identificados en la narrativa de este fallo, por la suma de OCHENTA Y CINCO MIL TESCIENTOS CINCUENA Y CINCO CON SETENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (85.355,74 BF). Todo ello de conformidad con las disposiciones, legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Queda CONFIRMADA en todas sus partes la sentencia dictada en fecha 29 de enero de 2008, dic.....