Este Tribunal revisado el contenido de dicho Escrito, y las cláusulas que en el se encuentran contenidas, y siendo el objetivo de las partes poner fin al juicio, han acordado el pago por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 120.000,00), por los conceptos demandados, además de los gastos del proceso erogados por la representación judicial del demandante, La suma acordada será pagada en dos cuotas: La primera de Bs. 30.000,00, pagadera a la firma de la transacción por medio de cheque Nº 06923694 a nombre de MANUEL MORENO, librado contra el BBVA Provincial cuya copia fue anexada; y el resto dentro de cinco días hábiles siguientes a la homologación que se haga de la transacción.
Igualmente observa esta Alzada, que la representación judicial de la parte actora, teniendo facultades para recibir cantidades de dinero, tal como se desprende de documento poder cursante a en autos, recibió a su entera satisfacción, mediante cheque girado a favor del ciudadano MANUEL .....