Como consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, es forzoso para esta Alzada, declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada; ANULANDOSE el auto recurrida en los términos anteriormente señalados, e igualmente, se ANULAN las actuaciones procesales contenida a los folios ciento treinta y seis (136) al ciento cincuenta y cuatro (154) de la décima tercera (13º) pieza del expediente. Así se establece.-