Por las razones expuestas este tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN BREVE establecida en el ordinal 1° artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y extinguida la instancia en el presente juicio RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la ciudadana NAZIHA BITAR DE AL DALI, venezolana, mayor de edad, titular Nro V- 13.798.035, domiciliado en el Paseo Meneses, Edificio Orazzio, Piso 1, Oficina 1, Frente a Banesco, Parroquia Catedral, Ciudad Bolívar, Municipio Angostura del Orinoco Estado Bolívar, debidamente asistida por el ciudadano EDSON ALEJANDRO ROJAS RIVAS, abogado en ejercicio e inscrito en I.P.S.A bajo el nro. 59.566 y de este domicilio, contra el ciudadano MIGUEL ORLANDO DAVID AFANADOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-17.657.816, domiciliado en el local 4 del Galpón Comercial, ubicado en la Parcela "A" d.....