este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA HOMOLOGACIÓN del convenimiento extrajudicial efectuado por los ciudadanos MERVIN JOSE OLIVARES PARICHE, titular de la cédula de identidad Nº 17.658.253, y MIGLEYDYS JOSEFINA RIVERO FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Nº 28.534.405 en representación de sus hijas YUSELIS MINELVIS y YULEIDIS CAROLINA OLIVARES RIVERO. En consecuencia vista la necesidad de fijar en salarios mínimos los montos
del convenimiento extrajudicial de la Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar, tal como lo establece el último parte del artículo 369 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescente, esta Juzgadora en aras de Salvaguardar el interés Superior de los beneficios y para dar cumplimiento a la.....