PRIMERO: INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE SOLICITUD DE DENUNCIA MERCANTIL, incoada por el ciudadano ARMANDO JOSE FERNANDEZ LEZAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.550.973.
SEGUNDO: SE DECLINA, la competencia a un Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Cicruncsripcion Judicial del estado Yaracuy.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión remítase bajo oficio al Tribunal competente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, En San Felipe a los veintisiete (27) día del mes de septiembre del año dos mil veintitrés (2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.