DISPOSITIVO
En virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal en Funciones de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: REVOCA la medida cautelar impuesta a los ciudadanos YOVANNY JOSÉ LÓPEZ ZAMBRANO, ARGENIS JOSÉ LÓPEZ ZAMBRANO y JULIO CÉSAR MUJICA FONSECA, decreta en su lugar medida de privación judicial preventiva de libertad, y ordena la aprehensión de los mencionados ciudadanos, de conformidad con el artículo 262, numerales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese y regístrese la presente decisión. Líbrense oficios a los organismos de seguridad del Estado. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 2
Abog. Wladimir Di Zacomo Capriles
La Secretaria,
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