DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, la Sala Única de la Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: se anula el fallo dictado en fecha 26 de Octubre de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. Segundo: se ordena la reposición de la causa al estado de que un Tribunal en Funciones de Control distinto al que conoció, realice una nueva Audiencia Preliminar, manteniéndose todas las circunstancias anteriores a este acto, y dicte una nueva decisión, prescindiendo de los vicios aquí señalado. Tercero: se ordena remitir el expediente al Tribunal Cuarto en funciones de Control de la Extensión territorial Puerto Ordaz a los fines de que la remita a la oficina de Alguacilazgo para su respectiva distribución. Cuarto: se hace un llamado de atención al ciudadano.....