Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada EMIR JANDUME MORR NUÑEZ, Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Yaracuy; en la demanda de Inquisición de Paternidad, identificado con la numeración UP11-V-2013-000344, seguido por la Fiscal Séptimo del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, a solicitud de la ciudadana "DATOS OMITIDOS", titular de la cédula de identidad Nº 24.543.712, en representación de la niña "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES", de 2 años de edad, en contra del ciudadano "DATOS OMITIDOS", titular de .....